Según la información que aparece en la web del Ministerio de Educación y Cultura "estas medidas NO son la reforma educativa del Gobierno, pero sí son necesarias para desarrollarla. Se trata de adaptaciones de la legislación básica que permitan mayor flexibilidad y un gasto más eficiente. El ministro Wert ha destacado que supone “una exigencia tanto de lealtad institucional como de realismo”.
Estas medidas, “son la única manera de poner a salvo los elementos básicos del servicio público de la educación, cuyos cimientos han sido erosionados gravemente por la política imprudente e irresponsable de los últimos años”.
Las medidas propuestas se plantean desde una triple premisa:
- No incidir sustancialmente sobre la cobertura y la calidad del servicio público de la educación.
- Atender a la equidad, evitando que la situación socioeconómica sea un obstáculo para desarrollar el talento.
- Marcado carácter de flexibilidad para que las Comunidades Autónomas acomoden su uso a las necesidades (diferentes) de consolidación fiscal que cada una presenta.
Medidas de carácter coyuntural:
- Modificación de las ratios de la LOE con carácter temporal.
(Vinculadas a las limitaciones en las tasas de reposición, que se establezcan en los Presupuestos del Estado, para las ofertas de empleo público).
Se propone establecer un margen al alza del 20% en los ratios. Actualmente LOE establece un máximo de 25 alumnos por aula en Primaria y de 30 en Secundaria.
- Aumento de las horas lectivas del personal docente.
Establecer un mínimo de 25 horas lectivas en Educación Infantil y Primaria y de 20 horas en las restantes enseñanzas, sin perjuicio de la reducciones que correspondan por ejercicio de funciones de dirección o coordinación del centro.
- Aplazamiento de la implantación de los módulos de 2.000 horas previstos en la LOE para los ciclos formativos de Grado Medio y Grado Superior.
El Ministerio tiene previsto diferir la aplicación del RD 1147/2011 al curso 2014-2015.
- Eliminación transitoria de la posibilidad de crear nuevos complementos retributivos o retribuciones variables.
- Modificación del criterio de nombramiento de sustitutos determinando que la bajas inferiores a 10 días lectivos deberán ser atendidas por los recursos del propio centro.
- Eliminar la obligatoriedad de ofertar, al menos dos modalidades de Bachillerato en los términos previstos en la LOE.